SANTO DOMINGO.-Hasta este martes siete de enero puede el Gobierno central y las alcaldías inaugurar obras públicas, de conformidad con la Ley Electoral, que establece un plazo de 40 días antes de las elecciones para este tipo de actividades.
La Junta Central Electoral (JCE), organismo que rige los comicios, recordó el domingo en su cuenta de Twitter que “a partir de 8 de enero de 2010 inicia la prohibición de actos inaugurales de obras públicas y programas de apoyo social o comunitario extraordinario en el ámbito municipal, establecido en el artículo 196, IV de la Ley 15-19”.
La medida aplica también para las entidades públicas descentralizadas.
Las elecciones municipales están previstas a efectuarse el 16 de febrero de 2020 y desde hace semanas los candidatos presidenciales realizan actividades en apoyo a los aspirantes a cargos municipales. En algunas que otra actividad política se han inaugurado obras.
JCE✔@juntacentral
[PLAZO LEGAL] A partir del día 8 de enero de 2020, inicia la prohibición de realización de actos inaugurales de obras públicas y programas de apoyo social o comunitario extraordinario en el ámbito municipal, establecido en el art.196, IV, de la Ley 15-19.
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17:30 – 5 ene. 2020Información y privacidad de Twitter Ads
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