SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Tribunal Superior Electoral TSE emitió este jueves la sentencia TSE-073-201, que explica que las juntas electorales no tienen la competencia para conocer conflictos intrapartidarios.
A través de un Twitter la institución declaró la incompetencia de oficio de la Junta Electoral de Puerto Plata para conocer de la solicitud de revisión, reconteo y auditoría de los resultados de las primarias simultáneas, ya que se trata de un conflicto intrapartidario.
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